Titularidad compartida subvenciones 2026: claves de la convocatoria del Ministerio de Agricultura

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La Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación ha publicado la resolución por la que se convocan en régimen de concesión directa las subvenciones destinadas a las Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida para el ejercicio 2026. El objetivo es contribuir al pago de las cuotas de la Seguridad Social de sus titulares, con un presupuesto máximo de 1.798.000 euros y hasta 1.500 euros por explotación beneficiaria.

Quién puede solicitar la ayuda y cómo funciona la solicitud automática

Pueden acceder a esta subvención las Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 819/2021. La convocatoria tiene una particularidad relevante: la solicitud se entiende presentada de forma automática por el mero hecho de estar dada de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida del Ministerio con al menos un mes de antelación a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Aun así, las explotaciones deben presentar en los 15 días hábiles siguientes a esa publicación el Anexo I con sus datos identificativos, bancarios y la declaración responsable exigida. Presentarlo fuera de ese plazo supone la exclusión automática del procedimiento. Quienes deseen renunciar a la subvención deben hacerlo mediante el Anexo II. Ambos documentos se presentan de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio en sede.mapa.gob.es y deben estar redactados en castellano.

Plazos de resolución y límite de ayudas acumuladas que debes conocer

El Ministerio dispone de un plazo máximo de seis meses desde la publicación del extracto en el BOE para dictar y publicar la resolución de concesión. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, la subvención se entenderá desestimada por silencio administrativo. La ayuda está sujeta a un límite de ayudas públicas acumuladas, lo que significa que el total recibido por la explotación y sus titulares en los tres años anteriores no puede superar los 50.000 euros.

El importe total del programa se distribuirá en partes iguales entre todas las explotaciones que cumplan los requisitos. Desde nuestro despacho revisamos la situación de cada explotación para asegurar que los plazos y la documentación estén en orden antes de que cierre el procedimiento.