El Consorcio de la Ciudad de Cuenca ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la rehabilitación de locales situados en el casco antiguo de la ciudad. Con un presupuesto total de 40.000,00 €, esta convocatoria representa una oportunidad clave para revitalizar espacios comerciales y mejorar el patrimonio histórico de la zona.
Si estás pensando en realizar obras en tu local, es vital que conozcas cómo acceder a esta financiación.
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
La convocatoria contempla varios perfiles de beneficiarios, incluyendo tanto a quienes ya tienen el local en funcionamiento como a quienes planean emprender; siempre que el uso del local esté incluido en el Anexo I de las bases reguladoras (por ejemplo, talleres domésticos, producción artesanal, oficios artísticos, estudios de pintores/escultores, laboratorios fotográficos, etc):
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Propietarios e inquilinos con actividad: Deben tener el local abierto al público en el momento de la solicitud y comprometerse a mantener la actividad durante un periodo mínimo de doce meses desde la concesión de la ayuda.
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Titulares de locales sin actividad: Pueden solicitar la ayuda si se comprometen a iniciar una actividad en un plazo máximo de seis meses tras finalizar las obras, manteniéndola abierta durante al menos un año.
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Propietarios de elementos comunes: Aquellos titulares que realicen actuaciones sobre elementos comunes en edificios bajo régimen de propiedad horizontal, cumpliendo con los mismos compromisos de actividad.
Actuaciones subvencionables e información relevante
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Actuaciones subvencionables: La ayuda no es para cualquier obra; se centra en intervenciones que mejoren la seguridad, estanqueidad, accesibilidad, eficiencia energética, el uso de energías renovables y la adaptación de instalaciones a la normativa vigente.
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Requisito de antigüedad de la obra: Solo son subvencionables aquellas actuaciones que cuenten con una licencia de obra concedida a partir del 1 de enero de 2023.
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No son subvencionables:
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Las demoliciones de edificios o reestructuraciones totales.
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El vaciado de las edificaciones.
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Las obras de ampliación o adición de plantas.
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La nueva edificación.
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Calendario y pasos obligatorios
Para que tu solicitud sea válida, el proceso debe seguir un orden estricto:
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Inspección técnica (Obligatoria): Debes solicitar una visita de inspección técnica previa en el Registro del Consorcio (calle Alfonso VIII 83, 1ª planta) o a través de los canales establecidos por la Ley 39/2015. El plazo para solicitar esta visita es de 30 días naturales a contar desde el 16 de abril de 2026 (día siguiente a la publicación en el BOE).
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Solicitud de la subvención: El plazo para presentar la solicitud formal comienza el 3 de junio de 2026 y finalizará el 3 de julio de 2026 (o antes, si se agota el crédito presupuestario de 40.000,00 €).
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Condición indispensable: Para poder optar a la subvención, es obligatorio contar con un informe favorable tras la inspección técnica previa.
Cómo podemos ayudarte en Sánchez Garrido Abogados y Asesores
En Sánchez Garrido y Abogados y Asesores, te ofrecemos el soporte legal necesario para asegurar que tu proyecto cumpla con todas las exigencias. Desde nuestro departamento de subvenciones y ayudas públicas, analizamos si tu local se ajusta a las bases y te acompañamos en cada etapa, desde la solicitud de la inspección técnica hasta la presentación final de la documentación, minimizando riesgos y ahorrándote tiempo en trámites burocráticos.
Si tienes dudas sobre cómo presentar la solicitud o necesitas asegurar que toda la documentación técnica y administrativa esté en regla, contacta con nuestro equipo.